NORMATIVA CASTILLA Y LEÓN 2006
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NORMATIVA CASTILLA Y LEÓN 2006

La Sociedad de Pesca a Mosca Ninfa ofrece este información de forma gratuita y sin garantía, esto es, aunque nos hemos esforzado en dar una información veraz, queremos recordar que sólo la dada por las administraciones es la que tiene valor legal

Direcciones

Página Web

DIRECCIONES de Servicios Territoriales
Servicio TerritorialDirección Teléfono Fax
ÁVILAPza. de Santa Ana, s/n
05071 Ávila
920355171
920355030
920355067
BURGOSJuan de Padilla, s/n
09071 Burgos
947281400
947281558
947237959
LEÓN Avda. de Peregrinos s/n
24071 León.
987296159 987296125
PALENCIA Avda. Casado del Alisal
27, 34071 Palencia
979715577
979715595
979715573
SALAMANCA Villar y Macías, 1
37071 Salamanca
923296049 923296041
SEGOVIA Pza. Reina Doña Juana, s/n
40071 Segovia
921417231 921417200
SORIA Mariano Granados, 1, pl. 6 y 8
42071 Soria
975236847 975231312
VALLADOLID Duque de la Victoria, 5
47071 Valladolid
983411079 983411090
ZAMORA Leopoldo Alas "Clarín",4
49071 Zamora
980559600 980526991

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Licencia de pesca

Obtención de licencia

Para obtención por primera vez, o para modificar datos de la licencia, debéis poneros en contacto con algunos de los Servicios Territoriales.

Lo podéis hacer:

En todo caso, se deberán facilitar los siguientes datos: nombre y dos apellidos, DNI, domicilio, localidad, código postal, provincia, teléfono, fecha de nacimiento y tipo de licencia que desea.

Menores de edad: Para obtener la licencia de pesca es necesario que tengan carnet de identidad.

Una vez que ellos reciban la solicitud, te enviarán la autoliquidación por correo, y lo que tienes que hacer es pagarla en alguna entidad colaboradora (por ejemplo el BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO y CAJA DUERO tienen oficinas en Bilbao), te validan la licencia y ya la puedes utilizar.

Revisa la renovación, quizás te interese domiciliarla...

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Renovación de licencia

Para la renovación, la Junta te envía a casa, a primeros de año, un impreso de autoliquidación que incluye la licencia. Vas a la entidad colaboradora que te indiquen, pagas la tasa, te ponen la validación mecánica y ya es válida para pescar.

Además, la Junta tiene previsto un sistema para domiciliar el pago en tu cuenta, con lo que te pasan el cargo y después te envían la licencia. Muy cómodo. Otras administraciones debieran tomar ejemplo...

Domiciliación del pago :

Tienes que rellenar el modelo y enviarlo por fax a alguna de los Servicios Territoriales. La domiciliación no surtirá efecto antes de 60 días, así que domicilia la del año que viene, con tiempo.Atentos a los datos que pongáis que sean correctos.

Estas son las instrucciones que da la propia Junta:

ENTIDADES BANCARIAS COLABORADORAS:

Más datos en la web de la Junta de Castilla y León.

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Sorteo de pesca cotos 2007

A fecha de hoy (mediados de diciembre de 2005), aún no se ha sacado las normas del sorteo de cotos. Dichas normas se publican sobre mediados o finales de agosto. Cuando estén informaremos de ello en esta web.
Pero, a título orientativo, la presentación de solicitudes suele ser desde mediados de septiembre a mediados de octubre.

Puedes enviar la solicitud por correo (preferible certificado). Tienes disponible para descargarte la solicitud .

Hay que acompañar una fotocopia del DNI de los solicitantes, que no estén caducados y que sean claras . Si las fotocopias no son legibles o los carnets están caducados, no entrará ese pescador al sorteo.

En cada solicitud pueden apuntarse hasta 4 pescadores. Todos los pescadores de la solicitud, tienen que obtener cotos en los mismos días.

Si os interesa ir cada uno en una fecha distinta o simplemente no obligaros a ir todos juntos, o sois más de 4, rellenad una solicitud por pescador, grapadlas y poner arriba que os den numeraciones correlativas.
De esa manera, accedéis al sorteo todos juntos, y las peticiones de cotos se podrán hacer uno por todos los demás, yendo cada uno en la fecha que le interese.

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Legislación

La legislación para el 2006 la tenéis en este enlace.

Incluimos un pequeño resumen, con las siguiente advertencias:

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Apertura y cierre general

Zona Norte (provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora): Desde el primer domingo de abril (2 de abril de 2006) hasta el 30 de julio de 2006, ambos inclusive, con las excepciones incluidas en los Anexos I y II de la Orden.

EXCEPCIONES A LA FECHA DE APERTURA (Principales)

BURGOS:

Se retrasa la apertura al 1 de mayo en las siguientes aguas:
   Río San Martín: Todo su curso y afluentes en la provincia.
   Río Valparaíso: Todo su curso y afluentes en la provincia.
   Río Pedroso: Todo su curso en la provincia.

Se adelanta la apertura al tercer domingo de marzo:
   Embalse del Ebro: En toda su extensión.

LEÓN:

Se retrasa la apertura al 15 de mayo en las siguientes aguas:
   Río Cares.- Todo su curso en la provincia.
   Río Sella.- Todo su curso en la provincia y afluentes.

EXCEPCIONES A LA FECHA DE CIERRE PARA LA PESCA

BURGOS:

Se adelanta el cierre al primer domingo de julio en las siguientes aguas:
   Río Cadagua.- En todo su curso y afluentes, excepto los vasos de los embalses de Ordunte y Artieta, en los que se podrá pescar hasta el 31 de julio incluido.
   Río Ubierna.- En todo su curso y afluentes.
   Río Pedroso.- Desde el puente del antiguo vivero forestal en la Casa de la Sierra hasta el puente de Barbadillo de Herreros.
   Río Tejero.- Desde el puente de la carretera de Vallejimeno a Huerta de Abajo hasta su desembocadura en el río Pedroso.
   Río San Martín.- Todo su curso y afluentes en la provincia.
   Río Valparaíso.- Todo su curso y afluentes en la provincia.

Se adelanta el cierre al tercer domingo de junio en las siguientes aguas:
   Río Trueba.- Desde el puente de la carretera C-6318, Espinosa-Soncillo, hasta el puente de Villalázara (Coto de Santurde).

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas:
   Embalse del Ebro.

Se retrasa el cierre al 30 de septiembre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
   Río Arlanzón.- Aguas abajo del embalse de Uzquiza.
   Río Riaza.- En todo su recorrido dentro de la provincia de Burgos.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
   Río Pisuerga.- En todo su curso en la provincia.

LEÓN:

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
   Río Curueño.- En su curso, desde su nacimiento hasta el límite inferior del Coto de Valdepiélago.
   Río Sil.- Aguas abajo del embalse de Las Rozas hasta el embalse de Bárcena.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
   Río Cea.- Desde el puente de Villamartín de Don Sancho hasta el puente de Galleguillos de Campos.
   Río Esla.- Aguas abajo del embalse de Riaño y sus aguas embalsadas.
   Río Porma.- Aguas abajo del embalse del Porma.
   Río Luna.- Aguas abajo de la central de Mora y aguas embalsadas del embalse de Barrios de Luna.
   Río Órbigo.- En todo su curso hasta el límite provincial.
   Río Sil.- Aguas abajo del embalse de Bárcena y sus aguas embalsadas.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en el tramo libre sin muerte del embalse del Porma.

PALENCIA:

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
Cuenca del Pisuerga:
   Río Rivera.- En el tramo libre sin muerte comprendido entre la presa del embalse de Ruesga, hasta la confluencia con el río Pisuerga.

Se retrasa el cierre al 31 de agosto en todas las aguas siguientes:
   Río Carrión.- Todas las aguas por debajo del puente sobre el río Carrión en la carretera C-615 (Palencia-Riaño), a su paso por la localidad de Velilla del Río Carrión.
   Río Pisuerga.- Todas las aguas por debajo de la confluencia del río Resoba con el Pisuerga.

Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en todos los casos exclusivamente en la modalidad sin muerte:
   Río Carrión: Tramos acotados, Escenario Deportivo-Social del río Carrión y Tramo Libre Sin Muerte del Carrión, todos ellos situados aguas abajo de la presa del embalse de Compuerto.
   Río Pisuerga: Coto de Quintanaluengos.

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Días hábiles.

En las aguas libres no declaradas trucheras:

Todos los días. En estas aguas, en la época hábil de la pesca de la trucha, los lunes y jueves deberán devolverse de forma inmediata a las aguas de procedencia las truchas que se pudieran pescar.

En las aguas libres declaradas trucheras:

Todos los días, excepto los lunes que no sean festivos de carácter nacional o autonómico.

Los jueves se consideran como "día hábil", pero la pesca de los salmónidos únicamente podrá practicarse en la modalidad "sin muerte", incluso cuando fueran festivos, debiendo devolverse a las aguas todos los salmónidos capturados. En estos días, y sin excepción, se deberán tener en cuenta que sólo se autoriza la mosca (salvo algunas excepciones recogidas en el apartado cebos) con anzuelos sin muerte (desprovistos de arponcillo) y no se autorizan los streamers montados con más de un anzuelo, que deberá ser sin muerte.

En los cotos: según su reglamentación específica.

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Cebos

  1. En todas las aguas declaradas trucheras no se autoriza el uso de aparejos de mosca artificial en cualquiera de sus variedades o montajes que empleen plomadas colocadas sobre el nailon o hilo del aparejo.
  2. En todas las aguas declaradas trucheras, los días en que esté establecida la pesca sin muerte los anzuelos deberán ir siempre desprovistos de arponcillo. Asimismo, en esos días de pesca no se autoriza el uso de streamers en cuyo montaje se emplee más de un anzuelo, en todo caso, dicho anzuelo deberá ir desprovisto de arponcillo.
  3. En las aguas declaradas trucheras, en aquellos días en que se hubiera establecido la pesca en la modalidad "sin muerte", únicamente se podrá utilizar la mosca artificial, en cualquiera de sus variedades o montajes. No obstante lo anterior, en los escenarios deportivo-sociales de salmónidos, en los tramos libres sin muerte de salmónidos y en aquellos cotos de pesca que específicamente así se autorice en el Anexo VI, también se podrá utilizar la cucharilla de un sólo anzuelo. En el resto de los cotos, se estará a lo dispuesto en su reglamentación específica (Anexo VI). No obstante, en todos los casos anteriores será de aplicación lo previsto en los puntos 1. y 2.

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Recomendaciones y otras limitaciones

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Escenarios Deportivo Sociales.

El acceso a la pesca en los días disponibles y demás aspectos para la autorización de su uso, su adecuada distribución y fijación de criterios de prioridad, serán objeto de regulación específica. Esta normativa se publica a primeros de abril. Tan pronto como se publique, os informaremos. Como ejemplo, podéis ver la del año 2005.

La pesca en los referidos escenarios, tanto de salmónidos como de ciprínidos, se realizará siempre en la modalidad de pesca sin muerte y, en consecuencia, el cupo de capturas será cero, salvo lo contemplado para los escenarios deportivo-sociales de salmónidos en el punto d. 3. del artículo 5.1. de la presente Orden (autoriza la extracción de otros peces que no sean salmónidos, con las limitaciones de talla y cupo que dispone la Orden).

En el Anexo III tenéis una relación de escenarios Deportivos Sociales. Y en la web de la Junta, podéis ver los días que están disponibles para el público en general.

¡¡Tened en cuenta que en algunos escenarios (varios de León, por ejemplo) se necesita un permiso especial para pescar!!

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Tramos libres sin muerte

Tenéis una relación en el anexo VII.
Recordad que:

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